INMIGRACIÓN

LM Lawyers TIE CUE NIE

¿COMO CONSEGUIR MI RESIDENCIA, NIE, TIE, NACIONALIDAD?

Entendemos sus necesidades y preocupaciones porque nuestro Equipo Internacional  ha pasado por este mismo  proceso de residencia.
 
El sistema de Inmigración en España puede ser muy confuso, mucho papeleo, lento, con cambios a menudo en los requisitos y si no sabes navegar el proceso puede causar mucho estrés, tiempo y dinero perdido.
Ofrecemos un asesoramiento personalizado para las circunstancia de cada persona o familia y creemos y esforzamos para explicar el proceso para que tu puedes comprenderlo.  Desde una consulta jurídica general sobre residencia, Visa Non Lucrativa, Trabajo Remoto, Impuestos, Mudar a España o el proceso completo de residencia desde el principio hasta  tener la tarjeta de tu mano.
 
RESIDENCIA SERVICIO COMPLETA:
Podemos ayudar con cada paso para conseguirte la residencia. Desde consultas para explicarte el proceso, ayuda con el Padron en el ayuntamiento, consejos y como ahorrar con el Seguro correcto para Inmigración, abriendo una cuenta o conseguir los documentos del Bancos; explicación y programación de cada paso para ahorrarte el estrés y tiempo hasta tener la residencia y la tarjeta en tu mano.
  • Ayuda y acompañamiento con las citas o reuniones en la oficina de Inmigración, Ayuntamiento, Bancos o Seguros.
  • Orientar sobre la validez de los documentos que se van a presentar, así como, verificar si los documentos deben ser estén traducidos y apostillados/legalizados.
  • Preparar para entrevistas y citas, si el trámite que lo requieran.
  • Planificación para ahorrarte tiempo y dinero en documentos, citas y seguros innecesarios. 
 
NUESTROS SERVICIOS
 

CIUDADANOS EUROPEOS

    1. Certificado de Registro UE. El certificado verde de Residencia.
    2. Miembros de la Familia de un Ciudadano de la EU: Residencia Temporal y Permanente.
    3. Solicitud del NIE (Número de Identificación de Extranjeros).
    4. Extinción de la autorización de Residencia por Ausencia.
    1.  
 CIUDADANOS DEL REINO UNIDO
    1. Residencia y Tarjeta TIE.
    2. Tarjeta TIE. 
    3. Familiar de Ciudadano de la Unión Europea. 
    4. Visa Non-Lucrativa. 
    5. Golden Visa 
    6. Work-related Visas to live in Spain
  1.  
CIUDADANOS DE NON-EU o TERCEROS PAÍSES:
    1. Tarjeta TIE.
    2. Familiar de Ciudadano de la Unión Europea.
    3. Visa Non-Lucrativa.
    4. Estancias y Estudiantes, prácticas no laborales y voluntariado, contrato en prácticas – Médicos MIR.
    5. Ley de Apoyo a Inversores, Emprendedores, Investigadores y Profesionales Altamente Cualificados.
    6. Autorizaciones de Residencia y Trabajo. Excepciones a las autorizaciones de trabajo.
    7. Permiso de Residencia y Trabajo Temporal.
    8. Permiso de Residencia y Trabajo de Larga Duración.
    9. Permiso de Residencia Temporal No Lucrativa.
    10. Autorización de Residencia por Reagrupación Familiar.
    11. Modificación de Estancia por estudios a cuenta ajena inicial/cuenta propia.
    12. Autorizaciones de Regreso.
    13. Personas en situación de irregularidad:  Residencia por circunstancias excepcionales: ARRAIGOS.
    14. Protección Internacional (Refugio, Protección Subsidiaria, Desplazados y Estatuto de Apátrida).
    15. Extinción de la autorización de Residencia por ausencia.
    16. Denegaciones – Recursos.
 
MENORES:
    1. Menores nacidos en España.
    2. Menores no nacidos en España.
    3. Desplazamiento Temporal de Menores para estancia por Vacaciones o Tratamiento Médico.
    4. Desplazamiento Temporal de Menores para estancia por Escolarización.
    5. Nacionalidad Española de los Menores.
 
NACIONALIDAD ESPAÑOLA:
    1. Por Residencia. Pruebas DELE y CCSE. Dispensa Ministerio de Justicia.
    2. Por Naturaleza.
    3. Por Opción.
    4. Sefardíes.
    5. Pérdida y Recuperación de la Nacionalidad Española. 
 
GOLDEN VISA:

Asesoramiento jurídico en la Ley de Emprendedores – Golden Visa:

Residencia por Inversión Inmobiliaria en España y Reagrupación familiar. Este visado esta destinado a solicitantes que acrediten la adquisición de bienes inmuebles en España, con una inversión igual o superior a 500.000 euros, libres de todo gravamen.
Cabe mencionar, que el solicitante debe acreditar que cuenta con los recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.
 
Para un estudio personalizado de su asunto y orientarle sobre cómo proceder antes de presentar la solicitud de trámite, contáctenos a través de nuestro formulario o del correo consulta@abogadaluzmosquera.com y solicite cita previa.