Seguridad Social medico abuelos familia trabajador
RÉGIMEN COMUNITARIO

 

Hay que diferenciar al Trabajador Comunitario, que tiene Derecho Originario a la Libre Circulación, de la de sus familiares que solo ostentan un derecho derivado.

 

Al hilo de lo anterior, precisar que el Trabajador titular de la libre circulación es el Ciudadano Comunitario que realiza, a favor de un empresario y bajo su dirección, una prestación de servicios o actividades reales y efectivas, no marginales o secundarias, por las cuales, recibe una retribución.

 

Cabe mencionar, que este concepto es independiente de las definiciones de los Derechos Nacionales y, por lo tanto, incluye a sujetos expresamente excluidos del concepto legal de trabajador (ET art. 1.1), como los funcionarios públicos.

 

Les remito a un post en google del 9 de octubre de 2019 sobre Residencia en España de los Ciudadanos Comunitario.

 

En este sentido, la libertad de Libre Circulación implica el Derecho a:

 

  1. Responder a ofertas efectivas de trabajo.
  1. Desplazarse libremente para este fin en el territorio de los Estados Miembros, lo que se ha denominado también Derecho de Entrada y Salida y Estancia por un periodo inferior a 3 meses.
  1. Residir en uno de los Estados miembros con el objeto de ejercer en él un empleo.

 

Asimismo, es de anotar que los miembros de la familia de los titulares antes citados que no ostenten la Nacionalidad de un Estado miembro de la UE, EEE o Suiza, están obligados a solicitar y obtener una Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión, la cual, tiene un período de validez de 5 años a partir de la fecha de su expedición.

 

Para mayor información y realizar un estudio personalizado de su asunto, puede solicitar cita previa a través del formulario de contacto o del correo electrónico consulta@abogadaluzmosquera.com

 

Gracias por leernos!

 

Luz Mosquera

Abogada

LM Abogados & Asociados.